Compromiso de las empresas

ACUERDO DE COLABORACIÓN

En Santiago de Chile, entre la sociedad JLBrainStorming a través de su Plataforma RedesFan, Rol Unico Tributario Nº 76.720.889-8, representada por don José Daniel Larenas González,  en adelante “RedesFan”, por una parte, y por la otra, las empresas colaboradoras han convenido el siguiente Acuerdo de Colaboración:

  1. Introducción:

Este Acuerdo establece los términos y condiciones bajo los cuales REDESFAN, en adelante denominada «Plataforma», y La Empresa Colaboradora, en adelante denominada «Colaborador», acuerdan colaborar para proporcionar descuentos y beneficios exclusivos a los usuarios de la Plataforma.

  1. Compromisos del Colaborador:

El Colaborador se compromete a:

Otorgar el descuento o beneficio especificado de manera precisa y veraz a los usuarios que lo reclamen a través de la Plataforma.

Proporcionar los detalles completos y actualizados del descuento o beneficio, incluyendo términos y condiciones aplicables.

Garantizar que los usuarios de la Plataforma sean tratados con el mismo nivel de servicio y respeto que otros clientes.

  1. Publicación y Verificación:

La Plataforma se compromete a:

Publicar el descuento o beneficio proporcionado por el Colaborador de manera clara y precisa en la Plataforma.

Verificar la autenticidad y validez de los descuentos y beneficios proporcionados por el Colaborador antes de su publicación.

  1. Incumplimiento y Acciones Correctivas:

En caso de que el Colaborador no cumpla con la provisión del descuento o beneficio según lo establecido en este Acuerdo, la Plataforma se reserva el derecho de:

Retirar o suspender temporalmente la promoción de la empresa Colaboradora en la Plataforma.

Notificar a la empresa Colaboradora sobre el incumplimiento y brindar un período razonable para corregir la situación.

  1. Credibilidad y Transparencia:

La Plataforma se esforzará por mantener la integridad y credibilidad de los descuentos y beneficios ofrecidos. Si la Plataforma identifica un patrón persistente de incumplimientos por parte de la empresa Colaboradora, se reserva el derecho de terminar la colaboración.

  1. Vigencia:

Este Acuerdo entra en vigencia a partir de la autorización verbal a la hora de la captación de la empresa que establece y provee los descuentos o beneficios, y continúa mientras ambas partes acuerden colaborar.

 

 

        Empresa Colaboradora

 

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Ceo JLBrainStorming EIRL